viernes, 20 de marzo de 2009

EN ARGENTINA NUEVA LEY DE TV


LIBERTAD DE ACCESO A LOS MEDIOS
Argentina se prepara para transformar las normas en materia de radio, televisión abierta y comunitaria, luego de una dictadura legislativa de casi 30 años. La Ley 22.285 es tan desactualizada que consideraba a la radio FM (frecuencia modulada) como “nueva tecnología”.
Esta normatividad que fue firmada por el ex dictador argentino Jorge Videla y aún sigue vigente es un viejo esquema de gobierno a través de un comité militar que concentraba la propiedad de los medios, favorecía a aquellos que explotaban comercialmente las frecuencias, nunca se habló de comunidades organizadas ni de canales sin ánimo de lucro, por el contrario fomentó la creación de monopolios y oligopolios de los medios. El Estado tenía una pírrica participación subsidiaria, ya que solo podía prestar servicio en áreas geográficas no rentables para los operadores privados.

El proyecto de ley que tramitará la presidenta Cristina Fernández de Kirchner al Congreso tiene interesantes propuestas como aquella que considera que toda persona tiene derecho a investigar, buscar, recibir y difundir informaciones, opiniones e ideas, sin censura previa, a través de la radio y la televisión, en el marco del respeto al Estado de derecho democrático y los derechos humanos; de esta manera se considera una actividad de interés público, de carácter esencial para el desarrollo sociocultural de la población.

Carta Política argentina promulgada en 1994 faculta al Congreso para impulsar leyes que estimulen actividades de interés público como parte de las obligaciones del Estado establecidas en el artículo 75. Otro artículo proyecta que la ley deberá impedir cualquier forma de presión, ventajas o castigos a los comunicadores o empresas o instituciones prestadoras en función de sus opiniones, línea informativa o editorial, en el marco del respeto al estado de derecho democrático y los derechos humanos. También estará prohibida por ley la asignación arbitraria o discriminatoria de publicidad oficial, créditos oficiales o prebendas.
En este sentido se establece que las licencias que utilicen espectro radioeléctrico, serán adjudicadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el régimen de concurso abierto y permanente. El Estado tiene el derecho y el deber de ejercer su rol soberano que garanticen la diversidad cultural y pluralismo en el manejo de los medios de comunicación.
La Ley 22.285 -reiteramos- aún vigente, permite que una sola persona sea titular de 24 licencias de servicios abiertos (radio y TV), algo verdaderamente aberrante en épocas de pluralismo informativo. En Colombia un operador puede ser propietario de un canal de televisión. Se promueve en estos días la licitación de un tercer canal nacional colombiano, al cual aspira la Casa editorial El tiempo y su asociado Planeta editores, si les es otorgada la licencia deberá entregar a la Comisión Nacional de Televisión el Canal “City TV” que opera desde Bogotá. En el proyecto de Ley argentino se podrán tener 10 licencias de servicios abiertos, ojalá en el debate se reduzca aún más esta posibilidad en aras de la democracia de los medios.
El beneficiario directo de estos futuros cambios legislativos debe ser el ciudadano común, no sólo por resultado de una ampliación de sus derechos, sino también por la universalización del acceso a eventos de interés público, como por ejemplo los grandes clásicos del fútbol profesional, de igual manera reducir los costos del acceso a estos servicios audiovisuales.
Por último es bueno destacar que en el proyecto de Ley tiene varias iniciativas que en nuestro país han sido implementadas desde 1996 y reguladas a través de la Comisión Nacional de Televisión, desde luego el Congreso argentino no puede cometer el error de crear un Ente con las mismas características de manejo que el nuestro.

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