miércoles, 13 de julio de 2011

Número Único Celular en Colombia





Portabilidad numérica

Todos los usuarios de celular tienen derecho a conservar su número telefónico cuando cambian de operador de servicio telefónico fijo o móvil. Es la posibilidad del usuario de conservar su número telefónico sin deterioro de la calidad y confiabilidad. 

Por ejemplo si hoy el usuario tiene el número 310 1234567, éste lo identifica actualmente como usuario del operador Comcel, pero si decide cambiarse a otro operador, ese mismo número podría ser de Movistar, Tigo o Avantel. 
FRECUENCIAHD presenta este especial que promueve entre los usuarios de celular el uso de la Portabilidad en pro de la competencia entre las empresas celulares y en beneficio de los usuarios, pues tendrán que esforzarse por conservar a sus suscriptores y atraer a nuevos clientes.

Cómo hacer la Solicitud
El único que puede solicitar la portabilidad del número es el Suscriptor, es decir, la persona que tiene la titularidad de la relación contractual con la empresa que actualmente le ofrece el servicio. O el titular del servicio celular en prepago.

La Resolución 2355 de 2010 expedida por Mintic dice que el Suscriptor o Usuario hará una solicitud de portación para portar el número, de acuerdo con el procedimiento definido para tal fin. Solicitar la Portación de su número, aun cuando el mismo se encuentre sujeto a cláusulas de permanencia mínima, al solicitar la portación del número se entenderá que el usuario ha solicitado la terminación del contrato con el Proveedor Donante (empresa celular actual) y dará lugar a la celebración de un nuevo contrato con el Proveedor Receptor (empresa celular elegida). Abstenerse de iniciar nuevas solicitudes de portación para un número, cuando exista un Proceso de Portación en trámite respecto del mismo.

Conozca Más
El Usuario es la Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio de telecomunicaciones. 
El Suscriptor es la persona natural o jurídica con la cual se ha celebrado un contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones.
Proveedor Donador es el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones (empresa celular o telefónica local) desde el cual es transferido un determinado número como resultado del Proceso de Portabilidad.
Proveedor Receptor es el Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones (ej: Comcel, Tigo, ETB, EPM, Movistar) hacia el cual es transferido un determinado número como resultado del Proceso de Portabilidad.
La “Ventana de Cambio” es el período durante el cual, con ocasión del Proceso de Portación del número, se desactiva el servicio en el Proveedor Donante (o sea el número actual) y se activa en el Proveedor Receptor, y en el que el Suscriptor o Usuario no posee servicio este periodo no será mayor a una semana.

Obligaciones y deberes
Las empresas celulares deben mantener al Suscriptor o Usuario que ha iniciado un Proceso de Portación enterado sobre el estado del mismo, en especial respecto de la fecha y hora de activación de su número en su red y la Ventana de Cambio.

El Proceso de Portación incluirá las siguientes etapas: (i) Solicitud de Portación, (ii) Aceptación o Rechazo de la Solicitud de Portación, (iii) Planeación de la Ventana de Cambio, y (iv) Activación y Notificación del Número Portado.
Todo el Proceso de Portación tendrá una duración máxima, contada partir del ingreso de la Solicitud de Portación por parte del Suscriptor o Usuario de cinco (5) días hábiles. A partir del 1º de Agosto de 2012, esta duración será de máximo tres (3) días hábiles.

En la Solicitud de Portación para las personas naturales, el Suscriptor o Usuario deberá proveer únicamente la siguiente información que contenga su firma autógrafa:
-Nombre completo.
-Número del documento de identidad.
-Autorización del Suscriptor tratándose de servicios en la modalidad de pospago, y copia del documento de identidad, en caso que la solicitud no sea presentada por el mismo.
-Copia de la última factura, cuando se trate de líneas en modalidad pospago.
-Número(s) telefónico(s) asociado(s) a la portación solicitada.
-Proveedor Donante. Para usuarios en el esquema de prepago del servicio local móvil únicamente deberán presentar la solicitud de portabilidad.

Previa verificación de su disponibilidad técnica para prestar sus servicios dentro de los plazos establecidos, el Proveedor Receptor debe suministrar al Suscriptor o Usuario de manera oportuna (entre 10 a 40 minutos) un número que identifique su Solicitud de Portación, el cual debe ser único para cada Proceso de Portación. El Proveedor Receptor podrá cobrar al Suscriptor o Usuario una tarifa por el servicio de portación.
El Proveedor Receptor podrá realizar un cargo único al Suscriptor por concepto de los costos administrativos de una sola vez en que se incurre por el proceso de portar un número. El cargo dependerá de cada Proveedor Receptor.

Se podría Rechazar la Solicitud
Se podrá rechazar la Solicitud de Portación en los siguientes casos:
-Cuando la información presentada por el Suscriptor o Usuario es errada o incompleta. En todo caso, dicha información podrá ser complementada o corregida, iniciándose un nuevo Proceso de Portación.
-Cuando el número telefónico informado no pertenece a un Suscriptor o Usuario del Proveedor Donante.
-Cuando tratándose de servicios en la modalidad de pospago el solicitante no es el Suscriptor del contrato o la persona autorizada por éste.
-Cuando tratándose de servicios en la modalidad de prepago el número portado se encuentre reportado como extraviado o hurtado.
-Cuando exista otra Solicitud de Portabilidad abierta para el número especificado en la Solicitud de Portación.

Cuando el usuario cancele el servicio
Cuando el Suscriptor o Usuario de un Número Portado cancele el servicio con el Proveedor Receptor, cambia de número, o es dado de baja por el Proveedor Receptor sin realizar una nueva Solicitud de Portación, será responsabilidad de este último el retornar dicho número al Proveedor asignatario de la numeración.

Para efectos de la continuidad del servicio telefónico es decir que no sufra alteraciones como consecuencia de la Portabilidad, el periodo sin servicio no deberá exceder de 30 minutos en 95 por ciento de los casos y en ninguno deberá ser mayor a 120 minutos. Todas las portaciones se realizarán durante la madrugada, por lo que en la mayoría de los casos para el usuario el periodo sin servicio será imperceptible.

Para tener en cuenta
Otro elemento de análisis es que el negocio celular es cada vez más complejo y difícil de manejar para un usuario lego en estas materias: la aparición de servicios de valor agregado, como el acceso a Internet, llamadas de video o concursos virtuales, y la llegada al mercado de los smart phones significan retos para muchos. Distinguir entre lo que vale y no vale, entre lo barato y lo costoso, puede resultar difícil.
Ningún Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones puede establecer condiciones que impliquen la renuncia o limiten el derecho del Suscriptor a portar su número.

No existe un límite de veces para cambiarse de operador. El Suscriptor puede portar su número telefónico cuantas veces lo desee. No es necesario permanecer un periodo mínimo con el Proveedor Receptor, mientras se cumplan con los requisitos necesarios se podrá solicitar una nueva portación. Sin embargo, es importante recordar que una vez efectuada la portación del número al nuevo operador debe estar a paz y salvo.

Los ciudadanos deben perderle el miedo a quejarse, aunque el procedimiento sea demorado. La  Superintendencia de Industria y Comercio, SIC  y las compañías finalmente deben responder. Es urgente sin embargo, en tercerizar los mecanismos de atención de quejas y reclamos, para que sea un Ente independiente el que ayude a dirimir los conflictos. Resulta muy preocupante que mientras las compañías celulares hacen un gran negocio, algunos usuarios sientan que han hecho una mala inversión con su operador móvil.

Publicidad de las empresas celulares
La Circular 087 de 2011 obliga a las empresas celulares, telefónicas y de telecomunicaciones a desarrollar una campaña publicitaria y divulgativa sobre la Portabilidad Numérica. Es bueno tener en cuenta lo expuesto en este artículo y comparar la forma en que cada campaña anuncia a sus Usuarios, no se deje malinformar.

Fuente: crt - minticCOFETEL



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