viernes, 29 de mayo de 2009

GLOSARIO TECNICO TELECOMUNICACIONES VI PARTE


VI. Entrega GLOSARIO DE TERMINOS CUADRO NACIONAL DE ATRIBUCION DE BANDAS DE FRECUENCIAS DE COLOMBIA -Términos específicos relativos a la gestión de frecuencias

Servicio de radiolocalización por satélite: Utilizado para la radiolocalización.
Este Servicio puede incluir asimismo los enlaces de conexión necesarios para su explotación.

Servicio de ayudas a la meteorología: Servicio de radiocomunicación
destinado a las observaciones y sondeos utilizados en meteorología, con
inclusión de la hidrología.

Servicio de exploración de la Tierra por satélite: Servicio de radiocomunicación entre estaciones terrenas y una o varias estaciones espaciales que puede incluir enlaces entre estaciones espaciales y en el que:
– se obtiene información sobre las características de la Tierra y sus fenómenos naturales, incluidos datos relativos al estado del medio ambiente, por medio de sensores activos o de sensores pasivos a bordo de satélites de la Tierra;

Servicio de meteorología por satélite: Servicio de exploración de la
Tierra por satélite con fines meteorológicos.

Servicio de frecuencias patrón y de señales horarias: Servicio de
radiocomunicación para la transmisión de frecuencias especificadas, de señales horarias, o de ambas, de reconocida y elevada precisión, para fines científicos, técnicos y de otras clases, destinadas a la recepción general.

Servicio de frecuencias patrón y de señales horarias por satélite:
Servicio de radiocomunicación que utiliza estaciones espaciales situadas en satélites de la Tierra para los mismos fines que el Servicio de frecuencias patrón y de señales horarias.
Este Servicio puede incluir también los enlaces de conexión necesarios para su explotación.

Servicio de investigación espacial: Servicio de radiocomunicación que utiliza vehículos espaciales u otros objetos espaciales para fines de investigación científica o tecnológica.

Servicio de aficionados: Servicio de radiocomunicación que tiene por objeto la instrucción individual, la intercomunicación y los estudios técnicos, efectuado por aficionados, esto es, por personas debidamente autorizadas que se interesan en la radiotecnia con carácter exclusivamente personal y sin fines de lucro.

PANORAMA DE LA COMISION NAL DE TV.

El sujeto audiovisual de hoy en día va a dejar de ser un pasivo analógico para ser un hiperactivo digital, pero tampoco la respuesta inmediata al anacronismo jurídico debe ser la hiperactividad legislativa.



Vuelve la oleada de ataques a la Comisión Nacional de Televisión, -CNTV- llueven los proyectos para transformar, modificar las leyes, salvar la televisión, crear nuevos entes, etc. Todo llega por el control político del Congreso que es un cementerio de proyectos de ley que han ido muriendo, donde algunos tienen lápida y otros tres o cuatro están en coma profundo.


Ningún político, ningún partido, ninguna bancada, deja de aprovechar coyunturas mediáticas o precampañas para presentar una nueva ley.


El espíritu de la Ley 182 del 1995 estaba inspirada en el pluralismo y en contra del interés o la conveniencia del gobierno de turno.
Veamos un panorama de lo que dejó la expedición de nuevas normas:
En 1986 tres cableoperadores acabaron con 350 sistemas de las populares perubólicas, otras fueron desmontadas por ocupación de espacio público, también por el decreto 225 de 1988, igualmente absorbidas o compactadas en pequeñas e informales empresas de cable, que luego se impulsaron como los barrios piratas, les pusieron los postes del alumbrado a su disposición.


En 1996 con la llegada de dos nuevos canales privados nacionales unos 40 programadores y más de 80 productores, salieron de la industria, algunos sobrevivientes se arrumaron en una trinchera llamada canal UNO.

También otorgó licencia a City TV, un canal local con ánimo de lucro para operar en la ciudad de Bogotá, pero aprovechó un vació legal y hoy ocupa el tercer y cuarto puesto de mayor audiencia en Colombia! Gracias a su distribución universal por Telecolombia.

Igual pasó con la licencia del canal universitario de carácter local “TeleAmiga”, que fue asignado en Bogotá a la universidad Gran Colombia pero es realidad se emite para toda Colombia y varios países del hemisferio quedando su manejo particular a manos del Rector. Y por ahora no destapamos la olla podrida del manejo de 4 canales universitarios y mas de 30 canales locales.


Luego a finales de los noventas la decisión política fue permitir que cerca de 300 operadores distribuyeran señales incidentales, y luego les dieran estatus jurídico solo con inscribirse para obtener el reconocimiento legal de las antenas parabólicas, siendo que además de la inscripción era necesario obtener la autorización, mediante acto administrativo de la Comisión.

La Junta entre 2004 y 2006 legisló sobre la producción propia en canales comunitarios, impuso 14 horas semanales de producción propia programación casi imposible de cumplir por las comunidades analfabetas en materia de producción de televisión. Esta circunstancia desencadenó el proselitismo político en vísperas de elecciones regionales y locales. Cabe agregar que más del 40% de los comunitarios municipales son manejados por caprichos del alcalde de turno violando la norma que impide hacer propaganda sobre su gestión.


En 2006 unos 80 licenciatarios entre Cableoperadores comerciales y cables comunitarios, cayeron como naipes con la llegada del tsunami Slim, que cimentó en nuestro territorio a Telmex, mientras que otros se protegieron fusionándose para aguantar el chaparrón.
A septiembre de 2007 operaban 915 sistemas comunitarios por cable a mayo de 2009 quedan 647 comunitarios. Muchas de estas Comunidades organizadas son a su vez “reorganizadas” por asociaciones, ligas, corporaciones y federaciones de bolsillo que poco o nada contribuyen al desarrollo y por el contrario, desvirtúan los fines y principios de la televisión comunitaria con la aparición de gestores que pretenden enmascarar negocios particulares.

Según la proyección de las cifras de la Encuesta de hogares hay aproximadamente 3 millones de suscriptores de cable frente a 400 mil asociados a Comunidades Organizadas.

El panorama para el 2010 no es alagador, al menos 20 canales locales devolverán sus licencias, unas doscientas de las comunitarias “cambiaran de dueño” -aunque legalmente se deben acabar por Asamblea de asociados y donar los equipos-; también se calcula que al menos tres canales públicos se quebrarán con la llegada del tercer canal y a causa del reto tecnológico digital.
Así como reformas legislativas han tratado de disminuir el efecto constitucional que creó la CNTV este mismo organismo se flagela incluyendo en el prepliego para otorgar el tercer canal, la condición de mejorar el plan básico de programación otorga privilegio a aquel proponente que ofrezca el mayor porcentaje de programación de produccion nacional por encima del cincuenta por ciento (50%) previsto en la ley, para la franja entre las 10:00 y las 19:00 horas. Y en el prime time la emisión de documentales, música, películas, es decir que su programación debe parecerse a la parrilla de Señal Colombia y de algunos canales regionales.

No bastan las siete leyes expedidas luego de la Ley marco 182 de 1995, ni los cuatro decretos, las sentencias de la Corte Constitucional, del Consejo de Estado, las decenas de investigaciones, análisis, encuestas, estudios y foros universitarios; para que un senador mediático anunciara en la comisión sexta que “nosotros estamos para formular proyectos” y enseguida se despachara con uno que crea dos entes que El denomina ECOVISION Y EDUVISION pero tras ellos estaría el interés de privilegiar el canal del congreso.


La Comisión Nacional de Televisión se parece al clásico chiste de un campesino con un marranito lleno de curitas en su piel que al observarlo su vecino, le preguntó la razón de ese estado a lo cual le respondió su dueño: “ese marranito lo aprovecho para vender mis chicharrones pero no lo sacrifico porque me servido mucho sumercé”.



La CNTV tiene fortaleza constitucional suficiente que se ha fortalecido en el tiempo contra los embates políticos e injerencias del Ministro de turno. Es necesario que hoy funcione con una Junta Directiva coherente y calificada, modernizando la administración y reestructurando el manejo financiero.
Hoy hay 764 operadores de los cuales a cargo de la Comisión Nacional de Televisión hay 12 canales públicos nacionales, regionales y satelitales que llegan al 92% del territorio a través de TV abierta y cerrada, su financiación y fortalecimiento debe proveer de un porcentaje de los ingresos del mercado del las telecomunicaciones y no solo de la industria televisiva privada.



martes, 26 de mayo de 2009

CONTENIDOS DE TELEVISION EN COLOMBIA


Hace unos meses la Comisión Nacional de Televisión “colgó” en su página un proyecto de Acuerdo por medio del cual se reglamentaría la radiodifusión de contenidos en el servicio público de televisión abierta. Con el cual -si se aprobara- derogaba cinco normas anteriores expedidas entre 1997 y 2007 y como es de Ley, se daban 30 días para radicar las observaciones.
Sorpresivamente el proyecto fue “descolgado” y era de esperarse, al parecer las observaciones fueron tan contundentes y fundamentadas en la Constitución y la Ley que no fue viable continuar el proceso.
Veamos tres casos para así observar que el panorama legislativo en materia de contenidos es una piedra en el zapato para la CNTV.
En el proyecto hay varias disposiciones que deja en manos de la Comisión si se sanciona o no a un operador de televisión dependiendo la manera como la Entidad quiera interpretar conceptos tales como en el articulo 23 sobre el tratamiento de la violencia en franjas infantil y juvenil, que deja dos términos ambiguos …”descripciones morbosas y …”cuando sea imprescindible”. El segundo ejemplo se cita en el artículo 32 del proyecto sobre sexo en comerciales, deja abierto el siguiente concepto: …” no se presentará publicidad que presente escenas de sexo”.

El artículo 29 de la Ley 182 de 1995 dispone que los contenidos de la programación y de la publicidad no serán objeto de censura ni de control previo pero que podrán ser clasificados y regulados. Igualmente la CNTV no puede prohibir conductas, exigir requisitos, crear tipos prohibitivos o conductas punibles mediante normas jurídicas cuya aplicación dependa exclusivamente de su parecer.

Por su parte en el artículo 18 de la estatutos de la Comisión, se deja claro que puede suspender temporalmente y de manera preventiva, la emisión de programación de un concesionario en casos de extrema gravedad, cuando hayan serios indicios de violación grave de la Ley 182 de 1995, para lo cual se pedirá a la Junta Directiva el voto favorable de las dos terceras partes.

A lo largo de diez años se han promulgado cinco normas tratando de meter en cintura la forma y no el fondo de los contenidos de televisión, sancionando el concepto creativo de producción o comercial, la dirección de escenas, el contenido periodístico o documental pero que siempre se entra en terrenos de dualidad y galimatías jurídicas que conllevan a la CNTV a desistir de aplicar sanciones a los operadores del servicio, quienes acuden al recurso de ley en la mayoría de las veces “tumbando” las resoluciones expedidas para tal fin.

Por último la eterna discusión de legislar únicamente a la televisión abierta radiodifundida, y dejar de mirar la televisión cerrada con más de 3 millones de usuarios, es una tesis que cada día se torna caduca con la penetración de la televisión cerrada, el internet, los contenidos IPTV y otros más en desarrollo de la convergencia tecnológica que nos ha llegado con las manos vacías en materia jurídica.

No mas intentos fallidos en llenar de leyes, articulados, acuerdos y resoluciones, los contenidos de la programación de televisión son el fruto de los constantes cambios de comportamiento de las nuevas generaciones, hoy en día las audiencias de televisión se tornan poco masivas y están dando el giro hacia la personalización de las sintonías, dificultando aún más la expedición de normas tendientes a masificar los controles.
Es necesario mirar a otras latitudes donde los controles son menos conservadores pero eficaces como en España, Estados Unidos o la misma cercana Chile.

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